En el procedimiento abierto, cualquier empresa interesada presenta su oferta y no se negocian los términos del contrato (artículo 156.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público). En el restringido y en el diálogo competitivo hay un paso antes: pides participar, el órgano de contratación elige a las empresas por su solvencia y solo las elegidas presentan oferta. La ley dice que la adjudicación se hace, ordinariamente, por el abierto o por el restringido (artículo 131.2); el diálogo competitivo queda para casos concretos.
El restringido, paso a paso
- Pides participar. Cualquier empresa interesada puede presentar una solicitud de participación en respuesta al anuncio (artículo 160.1). Va con la declaración responsable del DEUC, pero sin la garantía provisional (artículo 161.4).
- Te seleccionan por tu solvencia. Antes del anuncio, el órgano fija unos criterios objetivos de solvencia, y el anuncio los publica con el número mínimo de empresas que invitará, no menos de cinco, y el máximo, si lo hay (artículo 162). Si los cumplen menos empresas que ese mínimo, puede seguir solo con las que los cumplen, y nunca invita a quien no pidió participar.
- Te invitan a ofertar. A todas las seleccionadas a la vez y por escrito, con la fecha límite y el acceso electrónico a los pliegos (artículos 162.4 y 163).
- Presentas la oferta, sin negociación. Está prohibido negociar los términos del contrato (artículo 160.3), y la adjudicación sigue las reglas del abierto (artículo 165).
Los plazos del restringido
Dependen de si el contrato está sujeto a regulación armonizada, como los de importe a partir de los umbrales europeos:
- Sujetos a regulación armonizada: al menos 30 días para pedir participar, desde que se envía el anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea (artículo 161.1), y otros 30 para presentar la oferta, desde que se envía la invitación (artículo 164.1). Pueden ser menos:
- con urgencia, en obras, suministros y servicios: 15 días para pedir participar y 10 para la oferta, como mínimo;
- con un anuncio de información previa (un aviso anticipado del contrato) enviado entre 35 días y 12 meses antes, con toda la información exigida: 10 días para la oferta, salvo en las concesiones;
- si se aceptan ofertas electrónicas: 5 días menos en el plazo general de la oferta.
- Los demás: al menos 15 días para pedir participar, desde la publicación del anuncio (artículo 161.3), y 10 para presentar la oferta, desde que se envía la invitación (artículo 164.2). Con tramitación urgente, se reducen a la mitad (artículo 119.2.b).
Cómo se cuentan los días, en la guía de los plazos para presentar una oferta.
Un ejemplo: el anuncio de un servicio no armonizado fija entre cinco y ocho invitadas. Si piden participar doce, solo ofertan las ocho que elija el órgano con los criterios de solvencia del anuncio, en al menos 10 días desde la invitación.
El diálogo competitivo: para qué casos
Solo cabe en los casos en que la ley permite la licitación con negociación (artículos 172.3 y 167). Por ejemplo:
- cuando lo que ofrece el mercado no sirve tal cual y los licitadores tienen que diseñarlo o adaptarlo antes;
- cuando incluye un proyecto o soluciones innovadoras;
- cuando no se puede adjudicar sin negociar antes, por la naturaleza, la complejidad o la configuración jurídica o financiera de lo que se contrata, o por sus riesgos;
- cuando el órgano no puede definir con suficiente precisión las especificaciones técnicas;
- cuando un abierto o un restringido anterior solo recibió ofertas irregulares o inaceptables.
No hay pliegos: los sustituye un documento descriptivo con las necesidades, los criterios de adjudicación y un plazo de ejecución aproximado. Ese documento no se puede modificar después (artículos 116.3 y 174.1). En la licitación con negociación, en cambio, se negocian las condiciones del contrato con los candidatos (artículo 166.1). Y el negociado sin publicidad, sin anuncio, tiene sus propios casos: lo explicamos en la guía del negociado sin publicidad.
El diálogo competitivo, paso a paso
- Pides participar, como en el restringido y con los mismos plazos mínimos, salvo la rebaja por urgencia, que aquí no cabe en los contratos sujetos a regulación armonizada (artículos 174.2 y 119.2.b). Si el órgano limita el número de empresas que invita a dialogar, tienen que ser al menos tres (artículo 174.2).
- Dialogas con la mesa. Una mesa especial, en la que al menos un tercio son expertos en la materia (artículo 327), habla con las empresas seleccionadas para definir cómo resolver lo que se necesita; se puede debatir todo el contrato (artículo 175.1).
- Por fases, si el anuncio o el documento descriptivo lo prevén. Se van descartando soluciones con los criterios de adjudicación publicados, pero, si se presentaron bastantes, al final tienen que quedar las suficientes para que haya competencia efectiva (artículo 175.3). Si te descartan, puedes pedir por escrito información sobre cómo ha ido el diálogo, y te la tienen que dar en quince días como mucho (artículo 175.4).
- Presentas la oferta definitiva. Cerrado el diálogo, se invita a las empresas cuyas soluciones se han adoptado (artículo 175.5). La mesa puede pedir aclaraciones o ajustes que no cambien lo fundamental y elige la mejor relación calidad-precio con los criterios publicados (artículo 176). Con la mejor oferta solo puede negociar para confirmar compromisos financieros u otras condiciones, sin tocar nada sustancial (artículo 176.3).
La ley protege tus soluciones: la mesa trata igual a todos y no puede contar a los demás tus soluciones ni otros datos confidenciales sin tu consentimiento, que tiene que decir a qué información se refiere (artículos 175.2 y 169.7). Y el documento descriptivo puede prever primas o compensaciones para todos o algunos participantes; si no son para todos, se dan a los primeros clasificados (artículo 173).
Cuándo le interesan a una pyme
- Si tienes la solvencia que piden. Solo ofertan las empresas seleccionadas: mira en el anuncio los criterios de selección y el número máximo de invitadas, si lo hay. Si te falta solvencia, puedes presentarte con otras empresas en una UTE (artículo 69).
- Si haces servicios intelectuales, como consultoría, arquitectura o ingeniería. La ley considera el restringido especialmente adecuado para los de especial complejidad (artículo 160.4). Y en estos servicios el precio no puede ser el único criterio (artículo 145.3.g): en general, la calidad tiene que valer al menos el 51 % de la puntuación (artículo 145.4).
- Si tienes una solución innovadora. El diálogo competitivo te deja explicarla y adaptarla antes de ofertar, y puede haber primas por participar.
- Si te presentas a sistemas dinámicos de adquisición. Funcionan con las normas del restringido (artículo 224.1): más en la guía del sistema dinámico.
Cómo prepararte
- Apunta las dos fechas. Primero acaba el plazo para pedir participar; el de la oferta empieza con la invitación.
- Prepara la solicitud como si fuera la oferta. Te eligen por lo que acredites: más en la guía de solvencia económica y técnica.
- En el diálogo, decide qué cuentas. Marca lo confidencial y, si aceptas que se comparta algo, di exactamente qué.
- Prepara la oferta con los criterios a la vista. Los conoces por el anuncio o, si no venían en él, por la invitación (artículo 163.1); en el diálogo, por el anuncio o el documento descriptivo. Más en la guía de los criterios de adjudicación.