Las dos fórmulas más habituales
Cada pliego dice con qué fórmula puntúa el precio, en el cuadro de criterios de adjudicación. Estas dos son de las más usadas:
Proporcional a la baja
Puntos = puntos del precio × baja de la oferta ÷ baja más alta. La baja es lo que la oferta rebaja el presupuesto, en euros o en porcentaje: la proporción es la misma. La oferta con más baja se lleva todos los puntos, una al precio del presupuesto se queda sin ninguno y las demás, en proporción.
Con 60 puntos y un presupuesto de 100.000 €, quien ofrece 80.000 € (20.000 € de baja) se lleva los 60 puntos, y quien ofrece 90.000 € (10.000 € de baja), la mitad: 30.
Proporcional al precio más bajo
Puntos = puntos del precio × oferta más baja ÷ oferta. La más barata se lleva todos los puntos y las demás, según lo que se le acercan. Con el mismo ejemplo, la de 90.000 € se lleva 60 × 80.000 ÷ 90.000 = 53,33 puntos.
Por qué la fórmula cambia lo que te conviene ofertar
- Con la proporcional a la baja, el precio pesa mucho: en el ejemplo, 10.000 € de diferencia son 30 puntos. Cada euro de rebaja cuenta, y es fácil acabar cerca de la baja temeraria.
- Con la del precio más bajo, mucho menos: la misma diferencia son 6,67 puntos. Rebajar mucho apenas da más, y suelen decidir los demás criterios, como la memoria técnica o las mejoras.
- En las dos, tus puntos dependen de las demás ofertas: no los sabrás hasta que se abran todas. Para hacerte una idea de lo que llegará, en la ficha de cada licitación abierta te enseñamos con qué rebaja ganaron antes en ese organismo y cuántas ofertas suelen llegar.
Otras fórmulas que te puedes encontrar
- Con umbral de saciedad: a partir de cierta baja, todas se llevan el máximo, y rebajar más no da más puntos.
- Por tramos: tantos puntos por cada punto de baja, hasta un máximo.
- Con la baja media, o no lineales: se puntúa respecto a la media de las ofertas, o las primeras rebajas dan más puntos que las últimas.
Sea cual sea, está en el pliego y es la que vale. Cómo se reparten los demás puntos, en la guía de los criterios de adjudicación.
La baja temeraria también cuenta
Si el precio es el único criterio, una oferta se presume anormalmente baja con los porcentajes del artículo 85 del Reglamento general de la Ley de Contratos; con varios criterios, el pliego tiene que fijar cuándo lo es (artículo 149.2 de la Ley 9/2017), y muchos copian esos mismos porcentajes. La calculadora marca las que lo serían con ellos.
Si la tuya lo es, te pedirán que justifiques el precio: cómo hacerlo, en la guía de la oferta anormalmente baja. Y para ver hasta dónde puedes bajar sin serlo, la calculadora de baja temeraria.