Mesa de contratación: apertura de sobres, subsanación y propuesta

Quién forma la mesa de contratación, en qué orden abre los sobres, qué errores se pueden subsanar y en cuántos días, cuándo rechaza una oferta y qué propone al final.

Lectura: 3 min · Actualizada el 06/10/2026

En esta guía · 5 apartados

Entre que presentas tu oferta y se adjudica el contrato, quien la examina es la mesa de contratación: comprueba la documentación, valora las ofertas y propone a quién adjudicar. Asiste al órgano de contratación en los procedimientos abierto, abierto simplificado, restringido, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación; en el simplificado abreviado y en algunos negociados es potestativa (artículo 326.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).

Quién la forma

Un presidente, los vocales y un secretario, nombrados por el órgano de contratación (artículos 326.3 y 326.4). Entre los vocales tiene que haber alguien del asesoramiento jurídico y alguien del control económico-presupuestario, como el interventor. No pueden formar parte los cargos públicos representativos, el personal eventual ni quien haya redactado la documentación técnica del contrato, salvo las excepciones de la ley (artículo 326.5). Su composición se publica en el perfil de contratante (artículo 326.3).

Qué hace, en orden

  1. Califica la documentación administrativa: el DEUC o la declaración responsable y lo demás que pide el pliego, que va en un sobre o archivo distinto de la oferta (artículo 157.1). Si falta algo subsanable, te da plazo para corregirlo; si no lo corriges, te excluye (artículos 141.2 y 326.2.a).
  2. Abre y valora las ofertas. Con varios criterios, la oferta va en dos sobres: lo que se valora con juicio de valor y lo que se valora con fórmulas (artículo 157.2). Primero se valora lo de juicio de valor y después lo de las fórmulas, dejando constancia (artículo 146.2). En el abierto y el restringido, si el juicio de valor pesa más que lo automático, lo valora un comité de al menos tres expertos o un organismo técnico especializado (artículo 146.2.a).
  3. Estudia las ofertas anormalmente bajas, si las hay, y propone si se aceptan (artículo 326.2.c). Más en la guía de la oferta anormalmente baja.
  4. Propone la adjudicación a la mejor oferta (artículo 326.2.d). La propuesta no te da ningún derecho todavía, aunque si el órgano no la sigue tiene que motivarlo (artículo 157.6). Lo que viene después, en la guía de qué pasa si ganas.

Las ofertas se tienen que abrir como mucho veinte días después del final del plazo de presentación (artículo 157.3), y la oferta económica se abre en acto público, salvo que la licitación sea por medios electrónicos (artículo 157.4). Todas las actas de la mesa se publican en el perfil de contratante (artículo 63.3): leer las de licitaciones parecidas es una de las mejores formas de preparar la tuya.

La subsanación: cuántos días tienes

Si la mesa ve defectos subsanables en tu documentación, te da tres días para corregirlos (artículo 141.2). La ley no dice «hábiles», así que son naturales (disposición adicional duodécima). El reglamento hablaba de tres días hábiles (artículo 81.2 del Real Decreto 1098/2001), pero manda la ley: mira el plazo que te den en el requerimiento y no cuentes con más de tres días naturales. Contesta dentro de ese plazo y por el medio que te indiquen.

Qué se puede subsanar: la falta o el defecto de un documento que acredita algo que ya cumplías. Lo que no se puede es cumplir después lo que no cumplías: la capacidad, la solvencia y la ausencia de prohibiciones tienen que existir en la fecha final de presentación de ofertas (artículo 140.4).

Cuándo rechaza una oferta

El reglamento enumera los casos (artículo 84 del Real Decreto 1098/2001): que no concuerde con la documentación admitida, que supere el presupuesto base de licitación, que cambie sustancialmente el modelo de proposición, que tenga un error manifiesto en el importe o que el propio licitador reconozca un error que la haga inviable. Cambiar u omitir alguna palabra del modelo sin alterar su sentido no basta para rechazarla.

Para no perder puntos ni la oferta

  • Usa el modelo de proposición del pliego tal cual, y revisa el importe en cifra y en letra.
  • No mezcles sobres: si pones en el sobre de juicio de valor algo que se valora con fórmulas, como el precio, pueden excluirte.
  • Vigila las notificaciones mientras dure la licitación: un requerimiento de subsanación sin contestar te deja fuera.
  • Lee las actas cuando se publiquen: si te excluyen o te puntúan mal, ahí está el porqué. Más en la guía del recurso especial.

Actualizada el 06/10/2026. Información general, no asesoramiento: la norma y la fuente oficial prevalecen siempre.

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