Pliegos de una licitación (PCAP y PPT): qué son y qué mirar

El pliego de cláusulas administrativas (PCAP) fija las reglas y el de prescripciones técnicas (PPT), el trabajo. Qué lleva cada uno, cómo leerlos y cómo preguntar.

Lectura: 4 min · Actualizada el 06/10/2026

En esta guía · 6 apartados

Toda licitación se rige por dos documentos que el órgano de contratación aprueba antes de publicarla: el pliego de cláusulas administrativas particulares (PCAP) y el pliego de prescripciones técnicas particulares (PPT). El primero dice cómo se compite y qué obligaciones tendrá quien gane; el segundo, qué hay que hacer y con qué calidad. Después de aprobados solo pueden cambiarse por un error material, de hecho o aritmético: cualquier otro cambio obliga a volver atrás en el procedimiento (artículos 122.1 y 124 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).

El pliego administrativo (PCAP): las reglas del juego

Según el artículo 122.2, el PCAP incluye los criterios de solvencia y de adjudicación; las consideraciones sociales, laborales y ambientales que se exijan como solvencia, como criterio o como condición especial de ejecución; los derechos y obligaciones de las partes; si el contrato se puede ceder, y la obligación de quien gane de pagar a su plantilla lo que marca el convenio colectivo del sector. En la práctica, lo que conviene buscar en él:

  • El dinero y el plazo: el presupuesto base de licitación (lo máximo que se puede ofertar), el valor estimado (con prórrogas y modificaciones previstas), la duración y las prórrogas.
  • Si está dividido en lotes y a cuántos te puedes presentar. Más en la guía de lotes.
  • Qué solvencia piden, o qué clasificación, y cómo se acredita. Más en la guía de solvencia.
  • Cómo se puntúa: los criterios, su peso y la fórmula del precio. Más en la guía de criterios de adjudicación y en la calculadora de puntuación.
  • Cuándo una oferta es anormalmente baja, si el pliego fija sus propios parámetros. Más en la guía de oferta anormalmente baja.
  • Cómo y hasta cuándo se presenta: cuántos sobres o archivos, qué va en cada uno, el modelo de proposición y el DEUC.
  • Lo que obliga después: garantías, condiciones especiales de ejecución, penalidades, subcontratación, revisión de precios y, en muchos servicios, si hay que quedarse con el personal que ya presta el servicio (la subrogación).

El pliego técnico (PPT): qué hay que hacer y con qué calidad

El PPT define la prestación: sus calidades y sus condiciones sociales y ambientales (artículo 124). Según el artículo 68 del Real Decreto 1098/2001, lleva como mínimo las características técnicas de lo que se contrata, el precio de cada unidad y el número estimado de unidades cuando el presupuesto se descompone así, y las variantes admitidas, si las hay. En obras, además, los materiales y sus ensayos, cómo se ejecuta cada unidad de obra y cómo se mide y se paga.

Dos reglas que te protegen. Si el pliego cita una marca, una patente o un origen concreto, solo puede hacerlo cuando no hay otra forma de describir lo que se pide, y siempre con la mención «o equivalente» (artículo 126.6). Y si se remite a normas técnicas, no pueden rechazar tu oferta porque no las cite si demuestras, por cualquier medio adecuado, que tu solución cumple de forma equivalente (artículo 126.8).

Si los dos pliegos no dicen lo mismo

El PPT no puede llevar cláusulas que deban ir en el PCAP (artículo 68.3 del Real Decreto 1098/2001): la solvencia, los criterios de adjudicación, los plazos de presentación o las penalidades son cosa del administrativo. Si encuentras algo así en el técnico, o una contradicción entre los dos, pregunta antes de ofertar.

Preguntar antes de ofertar

Si pides información sobre los pliegos al menos 12 días antes de que acabe el plazo de presentación, el órgano de contratación tiene que darla, a todos los interesados, a más tardar 6 días antes de que acabe, salvo que los pliegos fijen otro plazo (artículo 138.3). Pregunta por escrito por el canal que diga el anuncio (en la Plataforma de Contratación, en la propia licitación) y lee las respuestas a las preguntas de los demás: también te afectan.

Si un pliego te parece contrario a la ley

Los pliegos se pueden recurrir (artículo 44.2.a), en los contratos que admiten el recurso especial: obras de más de 3.000.000 de euros de valor estimado y suministros y servicios de más de 100.000 euros, entre otros (artículo 44.1). El plazo de quince días hábiles empieza el día siguiente a la publicación del anuncio en el perfil de contratante, si este dice cómo acceder a los pliegos (artículo 50.1.b). Más en la guía del recurso especial.

Dónde están y en qué orden leerlos

Están en la ficha de la licitación en la Plataforma de Contratación del Sector Público (o en la plataforma de su comunidad), entre los documentos: el PCAP, el PPT y sus anexos, como el modelo de proposición económica. En cada licitación de esta web tienes lo esencial y el enlace a los documentos oficiales. Un orden que ahorra tiempo:

  • Primero, el PCAP por la solvencia y los criterios: si no llegas a la solvencia, no sigas; si los criterios no te favorecen, quizá no compense.
  • Después, el PPT entero: es el trabajo que tendrás que hacer, y de él salen tus costes y tu memoria técnica. Más en la guía de la memoria técnica.
  • Al final, otra vez el PCAP por la forma y el plazo de presentación, las garantías y lo que te obliga si ganas.

Si te presentas por primera vez, el paso a paso completo está en cómo presentarse a una licitación.

Actualizada el 06/10/2026. Información general, no asesoramiento: la norma y la fuente oficial prevalecen siempre.

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