Las condiciones especiales de ejecución son obligaciones sobre cómo tienes que hacer el trabajo si ganas: usar productos de limpieza biodegradables, separar los residuos, demostrar que pagas las nóminas a tiempo o contratar a personas con dificultades para encontrar empleo, por ejemplo. No dan puntos para ganar: se cumplen después. Todo pliego de cláusulas administrativas tiene que llevar al menos una (artículo 202.1 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público).
Qué requisitos tienen
Tienen que estar relacionadas con lo que se contrata (vinculadas a su objeto), no ser discriminatorias, ser compatibles con el Derecho de la Unión Europea y figurar en el anuncio de licitación y en los pliegos (artículo 202.1). Así que las conoces antes de ofertar.
Dos las pide la propia ley en casos concretos (artículo 202.1):
- si para hacer el contrato la Administración te cede datos, la de cumplir la normativa de protección de datos, que además es una obligación esencial;
- en los servicios de alimentación de las instituciones públicas, la de evitar el desperdicio alimentario, según la Ley 1/2025, de 1 de abril.
Qué pueden pedir
Pueden ser de tipo económico, de innovación, medioambiental o social (artículo 202.2). La ley pone ejemplos:
- Medioambientales: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, cuidar el entorno afectado por el trabajo, gestionar mejor el agua, usar energías renovables, reciclar y usar envases reutilizables, o entregar productos a granel y ecológicos.
- Sociales y laborales: contratar más personas con discapacidad de las que exige la ley, dar empleo a personas con especiales dificultades (por ejemplo, a través de empresas de inserción) o combatir el paro. También fomentar la igualdad entre mujeres y hombres y la conciliación, formar en el puesto de trabajo y garantizar la seguridad, la salud y el cumplimiento de los convenios colectivos. Y exigir el respeto de los derechos laborales básicos y el comercio justo en la cadena de producción.
Qué pasa si no las cumples
Depende de lo que diga el pliego, que puede prever tres consecuencias (artículo 202.3):
- Penalidades, proporcionales a la gravedad del incumplimiento: cada una, como mucho, el 10 % del precio del contrato sin IVA, y todas juntas, no más del 50 % (artículo 192.1). En un contrato de 100.000 euros, cada penalidad puede llegar a 10.000. Más en la guía de penalidades.
- Obligación esencial: si el pliego le da ese carácter, incumplirla es causa de resolución del contrato (artículo 211.1.f). Si se resuelve por tu culpa, pierdes la garantía definitiva, pagas los daños que pasen de su importe (artículo 213.3) y puedes acabar con una prohibición de contratar (artículo 71.2.d). Más en la guía de la resolución.
- Infracción grave: si no es causa de resolución, el pliego puede calificar su incumplimiento como infracción grave. Entonces puede acabar en una prohibición de contratar, si lo hiciste a propósito o por descuido (dolo, culpa o negligencia) y te han impuesto penalidades o has tenido que indemnizar (artículo 71.2.c). Más en la guía de prohibiciones de contratar.
Se exigen igual a tus subcontratistas (artículo 202.4). Más en la guía de la subcontratación.
Ejemplos de pliegos reales
Así las usan tres pliegos de limpieza de la Junta de Andalucía, cada uno con consecuencias distintas.
Limpieza del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Granada. El pliego de la Delegación Territorial de Justicia, Administración Local y Función Pública en Granada (expediente CONTR 2026 46980) pide tres condiciones. La primera, entregar con cada factura mensual el certificado de que la empresa está al día con las nóminas, firmado por cada trabajador, el de la Seguridad Social y el de que paga a sus subcontratistas. La segunda, dar los datos del personal subrogable cuando se los pidan. La tercera, dejar que su plantilla se integre en los equipos del plan de emergencias.
El pliego hace esenciales las dos primeras, así que incumplirlas es causa de resolución, y califica la tercera de infracción grave. Además, no dar en diez días los datos del personal subrogable puede costar un 10 % del importe del contrato sobre lo que quede por pagar y, tras un segundo aviso, la resolución con pérdida de la garantía. Qué datos son esos, en la guía de la subrogación de personal.
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Su pliego de limpieza de comunidades terapéuticas en Huelva, Cádiz, Sevilla y Málaga (expediente CONTR 2025 439530) pide respetar los derechos del personal subrogado y la igualdad, separar los residuos, ahorrar agua y energía, y otras de integridad. Ninguna es esencial ni infracción grave; solo la de separar los residuos lleva penalidades, de hasta el 10 % del importe del contrato.
Instituto Andaluz de la Juventud. Su pliego de limpieza en Cádiz y Málaga (expediente CONTR 2025/628362) pide productos de limpieza muy biodegradables y sin sustancias peligrosas, y llevar los residuos separados al punto limpio. A las tres consecuencias el pliego responde «No»: ni esenciales, ni infracción grave, ni penalidades.
¿Y si el pliego no dice que una condición es esencial? Entonces no se puede resolver el contrato por ese incumplimiento como si fuera una obligación esencial, porque solo se exige lo que está en el pliego; siguen valiendo las causas de resolución de la ley, como no pagar los salarios (artículo 211.1.i). Lo explicó en 2026 la presidencia de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid, a propósito del pliego de un hospital (Acuerdo 2/2026, de 29 de julio, de su Comisión Permanente). En la Comunidad de Madrid, además, un acuerdo de su Consejo de Gobierno de 3 de mayo de 2018 pide que las de tipo social, ambiental o de innovación figuren en los pliegos como esenciales.
Cómo prepararte
- Búscalas antes de ofertar en el pliego de cláusulas administrativas o en su cuadro de características, y apunta qué consecuencia lleva cada una. Qué más mirar, en la guía de los pliegos.
- Ponles precio: productos más caros, más gestión de residuos, contratar a personas en inserción o preparar certificados cada mes cuestan dinero, y tienen que caber en tu oferta.
- No las confundas con los criterios de adjudicación: los criterios dan puntos para ganar; las condiciones se cumplen después, ganes con los puntos que ganes. Más en la guía de los criterios de adjudicación.
- Prepara cómo lo vas a demostrar: facturas de los productos, justificantes de entrega de los residuos, nóminas y certificados, y pide lo mismo a tus subcontratistas.