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Ley de Integridad Pública: lo que cambiaría al presentarte a una licitación

El proyecto de ley está en el Congreso, en plazo de enmiendas. Para quien licita: nuevas declaraciones con la oferta, más transparencia en puntuaciones y precios, y un cambio en los contratos menores.

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El Gobierno quiere endurecer las reglas contra la corrupción en la contratación pública, y para eso va a tocar la Ley de Contratos del Sector Público. El vehículo es el proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública, que el Consejo de Ministros aprobó el 28 de julio de 2026 y que el Congreso publicó el 11 de septiembre.

Todavía no es ley. Pero si sale adelante, cambiará cosas que notarás al preparar una oferta. Te resumimos las que más afectan a una pyme.

En qué punto está

  • El 17 de febrero de 2026 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto, y el 28 de julio, el proyecto definitivo, según su referencia de esa fecha.
  • Se tramita por urgencia en la Comisión de Hacienda y Función Pública del Congreso.
  • El plazo para presentar enmiendas se ha ido alargando semana a semana. La última ampliación conocida a 2 de octubre lo llevaba hasta el 7 de octubre.
  • Como ley orgánica, necesitará mayoría absoluta en una votación final en el Congreso.
  • Si se aprueba, entrará en vigor a los 20 días de publicarse en el BOE, pero lo que toca a la contratación pública no surtirá efecto hasta seis meses después.

Es decir: aunque se aprobara este otoño, los cambios en las licitaciones no llegarían antes de la primavera o el verano de 2027.

Lo que cambiaría para quien licita

Una declaración más en el sobre

Con la oferta tendrías que entregar una declaración de compatibilidad: que no has participado en la preparación de ese contrato. Si es falsa, inexacta u omite algo, te pueden excluir.

Y si ganas, antes de firmar el contrato tendrías que firmar un compromiso sobre conflicto de intereses. Lo mismo tus subcontratistas.

Más transparencia en precios y puntuaciones

Es, probablemente, el cambio más útil para una pyme:

  • El perfil del contratante tendría que publicar la puntuación de cada licitador en cada criterio, de forma estructurada.
  • Los anuncios oficiales identificarían a todos los licitadores, con el importe que ofertó cada uno y su puntuación.
  • Los informes que valoran los criterios de juicio de valor (la memoria técnica, por ejemplo) tendrían que explicar por qué se da cada puntuación.

Hoy, para saber cuánto ofertó tu competencia muchas veces tienes que pedir acceso al expediente. Con esto, lo verías publicado. Te serviría para afinar precios y, si algo no cuadra, para recurrir con argumentos.

Comité de expertos con menos peso de los criterios subjetivos

En los contratos de importe europeo de las administraciones, la valoración de los criterios de juicio de valor tendría que hacerla un comité de expertos cuando esos criterios pesen al menos el 40 % de la puntuación. Hoy hace falta que pesen más que los criterios de fórmula.

Contratos menores: más datos publicados

Los contratos menores se seguirían publicando cada trimestre, pero con más información: el código CPV (el sector), el número de ofertas recibidas y el motivo de la adjudicación. Los límites del contrato menor (40.000 euros en obras y 15.000 en servicios y suministros) no cambian.

Para quien vende por contrato menor, esto hará más fácil ver qué compra cada organismo y con cuánta competencia. Si te interesa este mercado, lo explicamos en la guía de contratos menores.

Recurso especial contra modificaciones

Hoy puedes recurrir una modificación de un contrato ya adjudicado cuando entiendes que debió licitarse de nuevo. El proyecto quita ese matiz y amplía lo que se puede recurrir de las modificaciones. Las cuantías a partir de las que cabe el recurso especial (más de 100.000 euros en servicios y suministros y más de 3 millones en obras) no cambian.

Compliance, pero no para pymes

Hacienda podrá señalar, por orden ministerial, los contratos con más riesgo de corrupción o colusión. En ellos, el adjudicatario tendrá que tener un modelo de prevención de delitos. El texto excluye expresamente a las pymes, y también a las empresas por debajo de los umbrales de plantilla, facturación o activo que fije esa orden.

Las sanciones suben

El proyecto reforma también el Código Penal. Según la presentación del Gobierno, la pena máxima de inhabilitación para contratar con la administración pasa de 15 a 20 años, y el proyecto hace obligatoria la inhabilitación de las empresas condenadas por cohecho, tráfico de influencias o malversación. Además, las empresas con prohibición de contratar aparecerían en una lista pública en el registro de licitadores.

Otras medidas que te pueden tocar

  • Mesas de contratación también en sociedades y fundaciones públicas estatales, con miembros nombrados de forma motivada por su idoneidad técnica, imparcialidad y especialización.
  • Licitación electrónica obligatoria en la Plataforma de Contratación del Sector Público para todo el sector público estatal, como tarde el 1 de enero de 2028.
  • Contratos de emergencia publicados en el perfil del contratante y justificados con una memoria.
  • Pactos de integridad voluntarios: no firmarlos no podrá excluirte ni restarte puntos.

Qué hacer mientras tanto

No hay nada que cambiar todavía en tus ofertas. Pero sí puedes adelantarte:

  • Revisa si has asesorado a algún organismo en contratos que luego salen a licitación. Esa situación ya puede ser un problema hoy, y con la nueva declaración tendrías que dejarla por escrito.
  • Pide a tus subcontratistas que sepan lo que viene. Tendrán que firmar el compromiso de conflicto de intereses.
  • Empieza a mirar las adjudicaciones de tu sector. Cuando se publiquen los precios y las puntuaciones de todos, ganará quien sepa leerlos. Hoy ya puedes ver quién gana y por cuánto en adjudicaciones, y te contamos cómo usarlas en la guía de quién gana un contrato público.

El texto aún puede cambiar con las enmiendas. Te contaremos la versión final cuando se apruebe.

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